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Según indica una reciente sentencia del Tribunal Supremo, cuando el contribuyente ha comprado y vendido una casa a pérdidas, no deberá pagar la plusvalía municipal. Sin embargo, hasta ahora la sentencia no tenía en cuenta los casos en los que la procedencia de la vivienda con pérdidas era de una herencia o donación. Una nueva sentencia del Alto Tribunal aclara que estos casos también estarán exentos de pagar la plusvalía municipal.
En caso de herencia, las pérdidas se acreditarían aportando las escrituras de adquisición y tramitación del inmueble. Si se deriva una pérdida de la adquisición y tramitación del terreno, para el Tribunal Supremo no hay distinción alguna entre si se realizó pagando un precio o de manera gratuita.
Hacienda, a su vez, puede oponerse a esta acción y aportar pruebas de que el valor del inmueble sí subió. En el caso de que se acepten dichas pruebas, el valor de la plusvalía deberá pagarse. Al respecto de esto, la Dirección General de Tributos indicó en una resolución el pasado mes de abril que si se recibe una vivienda de manera gratuita, al venderla su valor siempre se incrementa.La nueva sentencia del Supremo busca acabar con los problemas más frecuentes que perjudicaban a los contribuyentes que solicitaban la devolución de la plusvalía municipal:
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