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News
Ley Hipotecaria: Ya es posible vender las casas heredadas
 22

  SEP

Ley Hipotecaria: Ya es posible vender las casas heredadas

Cambio en Ley Hipotecaria: Ya se pueden vender las casas recibidas de una herencia


Este pasado 3 de septiembre se eliminó por fin uno de los artículos que más problemas ha dado en el sector inmobiliario. Se trata del Artículo 28 de la Ley Hipotecaria y básicamente que impedía a los herederos no directos del propietario de una vivienda vender una casa.

Este artículo obligaba a dejar dos años desde el fallecimiento del propietario por si aparecía un hijo ilegítimo. Por lo tanto, la venta se registraba, pero con una anotación preventiva sujeta a este artículo.

Qué decía el artículo anteriormente?


El artículo decía exactamente: “Las inscripciones de fincas o derechos reales adquiridos por herencia o legado, no surtirán efecto en cuanto a tercero hasta transcurridos dos años desde la fecha de la muerte del causante. Exceptuándose las inscripciones por título de herencia testada o intestada, mejora o legado a favor de herederos forzosos".

Sabiendo esto, la mayoría de la gente se echaba para atrás o ni siquiera se planteaban el adquirir una vivienda con estas condiciones. La gente que decidía comprar una vivienda en estas condiciones corría el riesgo de que pudiese aparecer un hijo legítimo y reclamar la propiedad y, por lo tanto, quedarse con la casa, pagando la hipoteca claro.

Había que esperar los 24 meses correspondientes, pero con la desaparición de este artículo las cosas han cambiado. Ahora cualquier operación tendrá carácter retroactivo, estará libre. El heredero de la propiedad, independientemente de su grado de parentesco con el propietario, será el titular.

Una medida que favorece a todos


Esta medida es celebrada por una gran mayoría que con el sistema actual jurídico causaba muchísimos más problemas, tanto jurídicos como económicos, que beneficios, y más ahora después de la pandemia que se han incrementado muchísimo las tramitaciones de herencias.

Gracias a la derogación de este artículo, las propiedades podrán venderse inmediatamente, y también muy importante, por el precio de mercado, que con el artículo 28 se veían obligados a bajar los precios porque si no los compradores al tener que correr el riesgo que corrían ya se negaban a comprar, y además consiguen de que la vivienda se tenga que quedar paralizada en el mercado inmobiliario durante dos largos años.

También cabe señalar que todas las viviendas que se encontrasen en ese plazo de los dos años de espera dejan de estar sujetas a esta limitación y quedan libres.

Desde Rei Inmobiliaria contamos con una amplia cartera de clientes interesados en invertir con la compra de viviendas en Arganda. Si usted está valorando poner su casa a la venta, contacte con nosotros y realizaremos una tasación sin compromiso. Para más información, no dude en contactar con nosotros.

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